Derechos sindicales
Tanto la Constitución española como el Estatuto de los trabajadores recogen el derecho de los trabajadores a la libre sindicación.
Y la Ley Orgánica de libertad sindical desarrolla este derecho al establecer en su artículo 1.1 que todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales. Y el artículo segundo de la Ley mencionada recoge el derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección, el derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato y el derecho a la actividad sindical.
Los ciudadanos de la UE pueden afiliarse a los sindicatos españoles. Tienen como miembros los mismos derechos y obligaciones que el resto de integrantes de los sindicatos españoles. En virtud de la legislación de la Unión Europea (artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CEE) nº. 1612/68 relativo a la libre circulación de trabajadores) los ciudadanos de la UE tienen que recibir el mismo trato en otros Estados miembros, en relación con la afiliación en las organizaciones sindicales y el ejercicio de los derechos sindicales con los nacionales.
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